Asistencia económica por orfandad en el Perú: Requisitos y cómo solicitar los S/ 200 mensuales

La pérdida de uno o ambos padres representa un golpe devastador para la estabilidad emocional y económica de cualquier hogar. Para garantizar que las niñas, niños y adolescentes en esta situación vulnerable no abandonen sus estudios ni carezcan de alimentación adecuada, el Estado peruano —a través del Programa Nacional Yachay / INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP)— otorga la Asistencia Económica por Orfandad.

Este subsidio consiste en una pensión de S/ 200 mensuales (entregados de forma bimestral mediante un pago de S/ 400) para cada menor beneficiario hasta que cumpla la mayoría de edad.

En Peruanini te explicamos detalladamente cuáles son las condiciones, qué documentos necesitas y el procedimiento para gestionar esta pensión de forma gratuita.

¿Quiénes pueden recibir la pensión por orfandad?

La asistencia económica está dirigida a niñas, niños y adolescentes menores de 18 años que se encuentren en alguno de los siguientes escenarios:

  • Orfandad por fallecimiento de la madre, padre o ambos por cualquier causa (enfermedades, accidentes, etc.).
  • Hijos de víctimas de feminicidio.
  • Menores que pertenezcan a hogares registrados en el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) con la condición de Pobre o Pobre Extremo, o que sufran de alguna enfermedad crónica o discapacidad severa.

Requisitos para solicitar el beneficio

El trámite debe ser gestionado por el administrador o tutor legal del menor (madre/padre sobreviviente, abuelos, tíos o apoderados acreditados). Se exige presentar la siguiente documentación:

  1. DNI del menor beneficiario y DNI de la persona administradora (tutor o apoderado).
  2. Acta o certificado de defunción de la madre, padre o ambos padres expedido por el RENIEC.
  3. Acta de nacimiento del menor donde se acredite la filiación con el progenitor o progenitores fallecidos.
  4. Documento que acredite la tutela o patria potestad: En caso de que el menor esté a cargo de un familiar distinto a los padres (resolución judicial, documento notarial o designación de apoyo).
  5. Solicitud Formulario del INABIF debidamente llenado y firmado por el administrador.

Paso a paso: ¿Cómo tramitar la asistencia económica en el INABIF?

El proceso de postulación puede realizarse de dos formas sencillas:

Opción 1: Trámite virtual (Mesa de partes digital)

  1. Ingresa a la plataforma oficial del INABIF para la Pensión por Orfandad (gob.pe/inabif).
  2. Completa la Solicitud de Asistencia Económica con los datos del menor y del administrador.
  3. Adjunta los requisitos escaneados o en fotografía legible (DNI, actas de defunción y nacimiento).
  4. El sistema emitirá un número de expediente para hacer el seguimiento en línea.

Opción 2: Trámite presencial

Acude a la sede del INABIF más cercana, a las oficinas del MIMP, o a la Demuna de tu municipalidad distrital para recibir orientación personalizada y entregar tu expediente físico en mesa de partes.

¿Cómo se realiza el pago de la pensión?

Una vez aprobada la solicitud e inscrita la persona en el Padrón Oficial de Beneficiarios, el pago se realiza a través de una cuenta de ahorros aperturada en el Banco de la Nación a nombre de la persona administradora. El monto abonado es de S/ 400 cada dos meses por cada menor a cargo.

💡 El Dato Peruanini: ¡Atención con el compromiso! El dinero de la pensión por orfandad debe ser destinado exclusivamente a la alimentación, salud, educación y vestimenta del menor. El INABIF realiza visitas inopinadas de acompañamiento social y monitoreo para verificar que la subvención económica se utilice correctamente en favor del niño o adolescente.

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